Puedo recuperar mi vehículo sin una audiencia? No. Las audiencias son con cita previa solo en el Departamento de Policía de Buckeye:
21699 W. Yuma Rd. Suite 104
Buckeye, Arizona 85326.
En todos los casos, debe obtener una liberación autorizada del Departamento de Policía de Buckeye y cumplir con todos los requisitos de la liberación autorizada y pagar todas las tarifas aplicables antes de que el vehículo sea liberado.
Si usted es el cónyuge del propietario registrado o el agente del propietario inmediatamente antes del embargo, tiene los siguientes derechos:
- Tiene diez días para solicitar una audiencia para determinar si el incautador cumplió con los requisitos de A.R.S.28.3511 comunicándose con el oficial de audiencias por teléfono al 623-349-6444.
- Se le pedirá que deje, en inglés, su nombre completo, número de incidente (un número de nueve dígitos en la parte superior de la hoja de remolque y el boleto) y un número de teléfono donde pueda ser contactado. El Oficial de Audiencias se comunicará con usted por teléfono dentro de los dos días hábiles (de lunes a jueves) para programar una audiencia. Si no solicita una audiencia o no se presenta a su audiencia programada, ha revocado sus derechos a una audiencia.
- Antes de que un vehículo pueda ser liberado, el propietario / agente debe proporcionar su licencia de conducir válida, registro válido actual y seguro válido actual para el vehículo remolcado. Además, se debe entregar un cheque de caja o giro postal a la policía de Buckeye por $ 150.00 (la tarifa administrativa exigida por el estado, sin efectivo, sin cheque personal, sin tarjeta de crédito / débito). La tarifa de remolque y almacenamiento es un cargo separado que debe pagarse a la compañía de remolque antes de que se libere el vehículo.
Es posible que le entreguen su vehículo antes de 20 días bajo cualquiera de las siguientes condiciones:
- El vehículo fue robado y usted presentó un informe de vehículo robado con la agencia correspondiente y proporcione una copia del informe.
- El vehículo está sujeto a fianza y es conducido por un empleado de un establecimiento comercial para incluir un servicio de estacionamiento o un taller de reparación.
- El propietario inmediatamente antes del embalse presenta una prueba satisfactoria de que se ha restablecido el privilegio de conducir del propietario, o si se aplican todos los siguientes requisitos:
- El propietario o agente del propietario inmediatamente antes de la incautación no era la persona que conducía y en el momento de la incautación y el propietario o agente del propietario está en el negocio de alquilar vehículos motorizados sin conductores y el vehículo está registrado bajo A.R.S28-2166 o si el cónyuge (con licencia de matrimonio original), o persona identificada como el propietario no era el conductor en el momento del embalse y celebran un acuerdo. con el Departamento de Policía de Buckeye que estipula que no permitirán que un conductor sin licencia, una persona cuyos privilegios de conducir sean suspendidos o revocados, o un conductor arrestado en violación de A.R.S.4-244, párrafo 34 o DUI extremo o DUI agravado conduzca el vehículo del cónyuge o de la persona dentro de un año de la firma del acuerdo, el cónyuge o la persona no serán elegibles para obtener una liberación de su vehículo antes del final del embalse de veinte días.
Si usted no es el propietario, pero se identifica en el registro de MVD como interesado en el vehículo, inmediatamente antes de la incautación tiene los siguientes derechos:
- Tiene diez días para solicitar una audiencia para determinar si el incautador cumplió con los requisitos de A.R.S.28.3511 comunicándose con el oficial de audiencias por teléfono al 623-349-6444. Se le pedirá que deje, en inglés, su nombre completo, número de incidente y un número de teléfono donde pueda ser contactado. El Oficial de Audiencias se comunicará con usted por teléfono dentro de los dos días hábiles (de lunes a jueves) para programar una audiencia. Si no solicita una audiencia o no se presenta a su audiencia programada, ha revocado sus derechos a una audiencia.
- Es posible que se le entregue el vehículo antes de veinte días bajo las siguientes condiciones:
- Usted es un concesionario de vehículos motorizados, banco, cooperativa de crédito o corporación de aceptación o cualquier otra institución financiera con licencia que opere legalmente en este estado y paga todas las tarifas de remolque y almacenamiento relacionadas con la incautación (a menos que el vehículo haya sido reportado a la agencia apropiada y proporcione una copia del informe).
- Proporcione los siguientes documentos:
- Declaración jurada de reposesión notariada original (debe mostrar cómo el gravamen está en mora).
- Copia del acuerdo de gravamen (no original ni notariado y cómo el gravamen es el predeterminado).
- Declaración jurada original notariada de Hold Harmless del titular del gravamen que enumera el Departamento de Policía de Buckeye.
- Carta de autorización notariada original que enumera el representante que viene para el vehículo.
- Licencia de conducir válida del representante que viene para el vehículo.
- Giro postal por la cantidad de $ 150.00 a la policía de Buckeye (sin tarjeta de crédito / débito en efectivo). La tarifa de remolque y almacenamiento es un cargo separado que debe pagarse a la compañía de remolque antes de que se libere el vehículo.
Si no reclama su vehículo dentro de los diez días posteriores a la fecha disponible, la compañía de remolque puede solicitar un título abandonado del vehículo. Bajo la ley de Arizona, la compañía de remolque puede solicitar un título abandonado y buscar la propiedad del vehículo si se deja en el patio de remolque durante más de treinta días a partir de la fecha de remolque.
La audiencia está disponible para usted si no cree que el embargo no cumplió con la ley.